miércoles, 14 de enero de 2015

la liquidación del presupuesto de ingresos

En el cuadro resumen de la liquidación del presupuesto de ingresos llama la atención la existencia de dos partidas en el rubro de "Derechos Pendientes de Cobro a 31 de Diciembre" que juntas suman aproximadamente el 10% de la recaudación del ejercicio:
  • el capítulo 1, correspondiente a Impuestos directos (36.961.506,81 €), y 
  • el capítulo 3, correspondiente a Tasas y otros ingresos  (31.187.650,25 €)

Es decir, se trata de un problema o de imprevisión o de gestión ineficaz, o de ambas cosas. Una previsión recaudatoria excesiva denota un exceso de "optimismo económico", dado que los impuestos directos tienen su causa en la coyuntura económica. Podría pensarse que ese "optimismo económico" es también un arma electoral, toda vez que la ciudadanía suele pasar por alto que un presupuesto de ingresos no es más que la expresión de una aspiración o deseo.
Podemos preguntarnos también si esas "deudas" se cobrarán alguna vez, porque si el deudor es insolvente, no hay modo de cobrar la deuda. Por el contrario, si el deudor no es insolvente, sino "caradura" es posible que la deuda prescriba por desidia recaudatoria. Con lo cual, debemos preguntarnos si esos sesenta y ocho millones de euros entrarán alguna vez en las arcas del ayuntamiento, o en qué proporción.



Para más información sobre los presupuestos de gastos e ingresos puede consultarse la página informativa del portal Rendición de Cuentas: Información General

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